Preparación para la Directiva sobre informes de sostenibilidad corporativa (CSRD)

La Directiva sobre informes de sostenibilidad corporativa (CSRD) ya está en vigor en toda la UE, y los Estados miembros disponen de 18 meses para incorporarla a su legislación nacional. La esperada Directiva obliga a determinadas empresas que operan en la UE a informar públicamente sobre cuestiones medioambientales, sociales y de gobernanza (ESG). Esto significa que las compañías afectadas tendrán que estar preparadas para cumplir con las obligaciones de transparencia más exigentes sobre su compromiso con la sostenibilidad.

 

La directiva CSRD anuncia un nuevo ritmo de cambios normativos por el que muchas empresas se verán afectadas, enfrentándose a cambios sustanciales para reforzar la importancia de las cuestiones de sostenibilidad dentro de su estrategia, gobernanza y gestión de riesgos. Así pues, ¿cómo pueden  los directivos de las empresas empezar a prepararse ahora y seguir en el camino correcto  para cumplir con esta nueva directiva? Nuestros expertos en Sostenibilidad recogen a continuación las claves de esta regulación de cara al futuro. Descarga nuestra guía a continuación.

¿Por qué surge esta nueva directiva?

El principal objetivo de la CSRD es definir un lenguaje estándar y común para los informes sobre sostenibilidad, equiparándola a la información financiera. Con esta medida se dan pasos significativos hacia los objetivos del Pacto Verde Europeo y hacia la neutralidad climática del continente europeo para 2050.

La directiva se centra en mejorar la calidad de la información sobre sostenibilidad, imponiendo el uso de las Normas Europeas de Información sobre Sostenibilidad a todas las empresas incluidas en el ámbito de aplicación de la Directiva CSRD.

 

¿Qué empresas se verán afectadas?

La nueva directiva amplía el alcance de las empresas sujetas a la obligación de informar sobre sostenibilidad a más de 50.000 en toda la Unión Europea. Además, es probable que otras empresas fuera del alcance tengan que hacer frente a una mayor presión del mercado para proporcionar información sobre sostenibilidad, en vista de la obligación de tener en consideración toda la cadena de valor. Descarga nuestra guía con todos los criterios.

 

¿Qué información deberán informar las empresas?

Las empresas incluidas en el ámbito de aplicación de la CSRD tendrán que informar sobre sus impactos en materia de sostenibilidad y sobre cómo la sostenibilidad afecta la evolución, los resultados y la posición de la empresa (lo que se conoce como “doble materialidad”).

 

¿Será obligatoria la verificación de esta información?

Los informes de sostenibilidad y la información que contenga será objeto de verificación obligatoria para todos los países miembros, empezando con un enfoque de aseguramiento limitado para evolucionar a partir de 2028 hacia un aseguramiento razonable (tras una evaluación para determinar la viabilidad del aseguramiento razonable por parte de los auditores y las empresas). Todo ello deberá ser supervisado por la comisión de auditoría de la empresa. En la Directiva anterior, tan solo tres países (Francia, Italia y España) establecieron obligatoriamente la verificación de la información en su ordenamiento jurídico.

 

¿Qué proceso de adopción se ha seguido para esta directiva?

El 16 de diciembre de 2022, el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE) publicó el texto definitivo de la Directiva sobre informes de sostenibilidad corporativa (CSRD), que sustituye a la actual Directiva sobre información no financiera (NFRD). Esta publicación es la culminación de un proceso que ha durado varios meses, desde la propuesta de CSRD por la Comisión Europea (CE), en abril de 2021, pasando por el acuerdo político alcanzado en junio de 2022 sobre una versión ligeramente revisada de la propuesta inicial de la CSRD y, finalmente, la adopción formal por el Parlamento y luego por el Consejo.

Esta nueva directiva entró en vigor 20 días después de su publicación en el DOUE, es decir, el 5 de enero de 2023. Los Estados Miembros cuentan con 18 meses para su transposición a legislación nacional (antes del 6 de julio de 2024). Esta transposición será el paso final que especificará definitivamente el alcance de los requerimientos de la directiva CSRD y su calendario de implementación.

 

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