Primera propuesta Ómnibus de la Comisión Europea sobre la información de Sostenibilidad

Las primeras propuestas bajo Ómnibus son el punto de partida de un largo proceso legislativo que podría marcar un cambio significativo en la elaboración de Informes de Sostenibilidad, introduciendo nuevos umbrales, plazos y normas que afectarán a empresas de todos los sectores. A continuación, exploramos en detalle estos posibles cambios, ayudando a las organizaciones a hacer frente al cambiante panorama normativo.

El 26 de febrero de 2025, la Comisión Europea (CE) adoptó un paquete de propuestas para simplificar las normas de la UE con respecto a los Informes de Sostenibilidad de las empresas (Directiva (UE) 2022/2464 o CSRD, y Reglamento (UE) 2020/852 sobre la Taxonomía), la diligencia debida en materia de sostenibilidad de las empresas (Directiva (UE) 2024/1760 o CSDDD) y el mecanismo de ajuste en la frontera del carbono (Reglamento (UE) 2023/956 o CBAM). Estas propuestas pretenden contribuir a la reducción del 25% de las cargas administrativas y de al menos el 35% para las PYMEs hasta el final del mandato de la CE (2029).

 

Los cambios previstos por el primer paquete ómnibus en relación con la CSRD adoptan la forma de dos proyectos de directiva:

"Stop the Clock" Directive

La primera propuesta pretende "parar el reloj" con respecto a las actuales empresas de la "ola 2" y la "ola 3", aplazando dos años los requisitos de información (la propuesta de Directiva "Stop the clock").

"Content" Directive

La segunda propuesta tiene por objeto modificar el contenido de la Directiva CSRD (la propuesta de Directiva "Content ") a través de:

  1. Reducir el ámbito de aplicación de las empresas;
  2. Limitar la información que las empresas incluidas en el ámbito de aplicación pueden solicitar a las empresas de su cadena de valor que no superen los 1.000 empleados;
  3. Simplificar las NEIS (Normas Europeas de Información sobre Sostenibilidad), adicionalmente no adoptando normas sectoriales específicas; y
  4. Deliminando la posibilidad de alcanzar el aseguramiento razonable.

Proceso Legislativo y plazos: 

Un punto de partida: estas Directivas no entrarán en vigor hasta que el Parlamento Europeo y el Consejo hayan alcanzado un acuerdo sobre las propuestas y tras su publicación en el Diario Oficial de la UE (DOUE). A continuación, los Estados miembros tendrán que adoptar estas disposiciones incorporando las Directivas a la legislación nacional.

Un enfoque a dos niveles:

  • La CE pretende avanzar lo más rápido posible en la propuesta de Directiva "Stop the clock ", utilizando un procedimiento acelerado con el objetivo de que el texto sea aprobado y transpuesto a más tardar el 31 de diciembre de 2025, para que las empresas no empiecen a cumplir requisitos que podrían modificarse con la adopción de la segunda propuesta.
  • La propuesta de Directiva “Content " seguirá un proceso legislativo normal que podría durar al menos 9 meses antes de ser aprobada y publicada en el DOUE. Los Estados miembros dispondrán entonces de 12 meses para incorporar las disposiciones adoptadas a su legislación nacional.

Impacto en los Estados Miembros: 

En la práctica, esto significa que los Estados miembros deben transponer las disposiciones vigentes de la CSRD, pero:

  • Una vez adoptada y transpuesta la propuesta de Directiva "Stop the clock ", no serían aplicables a las empresas de la "ola 2" y la "ola 3" antes de la presentación de informes en 2028 sobre el ejercicio 2027, y
  • Una vez que se adopte y transponga la Directiva propuesta “Content ", serían aplicables a las empresas incluidas en el nuevo ámbito de aplicación y de conformidad con los requisitos (para entonces) rediseñados.

Cabe señalar que, a 31 de enero de 2025, 19 Estados miembros1 habían transpuesto la CSRD y, a menos que sus respectivos gobiernos o reguladores dispongan algo diferente, las empresas incluidas en el ámbito de aplicación deben cumplir la legislación nacional vigente antes de la adopción y transposición de las dos propuestas de Directiva mencionadas. Además, los 8 Estados miembros restantes deberían transponer la actual Directiva CSRD.

Taxonomía de la UE:

Por lo que respecta a la Taxonomía de la UE, el primer paquete ómnibus contiene también un proyecto de Acto Delegado  que propone modificaciones de la normativa vigente. Una vez adoptado formalmente tras un periodo de feedback de 4 semanas, el Acto Delegado se presentará al Parlamento Europeo y al Consejo para un periodo de escrutinio (normalmente 2 meses) antes de ser aplicable. El Acto Delegado revisado se aplicaría a partir del 1 de enero de 2026 (para el ejercicio fiscal 2025).

Para conocer las implicaciones de esta propuesta y preparar a su organización para estos cambios, puede descargar más abajo nuestra guía completa sobre Omnibus.

Calendario Tentativo:

  • A partir del primer trimestre de 2025: proceso legislativo sobre la propuesta de Directiva “ Content " por parte del Consejo y el Parlamento Europeo que durará al menos 9 meses.
  • Q2 2025: adopción de un acto delegado revisado sobre la Taxonomía de la UE
  • Q2/Q3 2025: adopción de la propuesta de Directiva "Stop the clock”.
  • Q3/Q4 2025: transposición por los Estados miembros de la propuesta de Directiva "Stop the clock" para aplazar los requisitos existentes para las empresas de las olas 2 y 3
  • Q4 2025: Propuesta de la CE para modificar el SFDR (Reglamento de divulgación)

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Cómo podemos ayudarle:

En Forvis Mazars, entendemos las complejidades planteadas en la propuesta Omnibus de la CE sobre informes de sostenibilidad corporativa. Nuestros servicios integrales de Sostenibilidad están diseñados para ayudar a su organización a navegar por los cambios regulatorios presentes y futuros.

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