Aprobación del Proyecto Ley de Información Empresarial sobre Sostenibilidad
Las principales novedades de la Directiva Europea CSRD con respecto de la anterior Directiva Europea NFRD sobre información no financiera son:
Respecto a su alcance y aplicación:
- Ampliación de empresas afectadas: La CSRD incrementa sustancialmente el número de empresas obligadas a reportar, incluyendo ahora a todas las grandes empresas (que cumplan dos de estos criterios: más de 250 empleados, ingresos netos de +50M€ y activos totales de +25M€) y a las que cotizan en bolsa, excepto microempresas.
- Empresas no comunitarias: Se incluyen por primera vez en el alcance empresas de terceros países con actividad significativa en la UE (que hayan generado un importe neto de la cifra anual de negocios superior a 150 millones de euros dentro de la Unión Europea y con filiales o sucursales en la UE).
- Estandarización: establece la obligatoriedad de utilizar los Normas Europeas de presentación de Información sobre Sostenibilidad (NEIS) desarrollados por la EFRAG y adoptados por la Comisión Europea mediante actos delegados, alineados con iniciativas globales como las normas ISSB, Global Reporting Initiative (GRI), TCFD y los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS). Estos estándares son mucho más detallados y específicos, lo que facilita una mayor consistencia y comparabilidad de los informes de sostenibilidad en toda la UE. Las PYMES contarán con unas normas específicas adoptadas por la Comisión acordes a su capacidad y características.
- Enfoque obligatorio de doble materialidad: lo que implica la presentación de información relativa al impacto que genera la empresa sobre las cuestiones de sostenibilidad, así como la información sobre el modo en que afectan estas cuestiones a la evolución, los resultados y la situación de la empresa. La información abarcará toda la cadena de valor de la empresa, deberá ser tanto prospectiva como retrospectiva, y considerará los horizontes temporales a corto, medio y largo plazo.
- Formato electrónico: todas las empresas obligadas deberán elaborar su informe de gestión en el formato electrónico de presentación de información que se especifica en el artículo 3 del Reglamento Delegado (UE) n.º 2019/815. Además, deberán etiquetar la información sobre sostenibilidad de acuerdo con lo previsto en el citado Reglamento, avanzando con esta obligación hacia la digitalización de datos a escala de la Unión Europea.
Verificación y credibilidad
- Verificación obligatoria: Introduce una verificación obligatoria por parte de un auditor o verificador independiente para asegurar la calidad y precisión de los datos reportados. Esto implica una inversión adicional en la gestión de indicadores de sostenibilidad y auditoría, y eleva los estándares de credibilidad de los informes.
- Aseguramiento limitado: se exige en base a un enfoque progresivo, empezando por la obligación sobre la base de un encargo de “aseguramiento limitado”, que podría evolucionar a un aseguramiento razonable en el futuro cuando la Comisión adopte normas respecto a esta cuestión.
Información Específica a Reportar
- Exige detalles mucho más específicos, incluyendo:
- Estrategia y gobernanza en sostenibilidad: Descripción de la estrategia de sostenibilidad, su integración en la estrategia corporativa y cómo los riesgos y oportunidades de sostenibilidad afectan a la empresa.
- Objetivos específicos de sostenibilidad: Metas concretas, como la reducción de emisiones de carbono, y el desempeño actual en relación con estos objetivos.
- Impacto en la cadena de valor: Evaluación de la materialidad a lo largo de toda la cadena de valor, lo que implica recoger datos de proveedores y socios.
- Riesgos de sostenibilidad: Identificación y reporte detallado de riesgos ambientales, sociales y de gobernanza (ESG) y su gestión dentro de la empresa teniendo en cuenta los posibles efectos financieros de la materialización de estos
Implementación gradual
Establece una aplicación escalonada a partir de 2024, permitiendo una adaptación progresiva de las empresas a los nuevos requisitos
Estas novedades buscan mejorar la transparencia, comparabilidad y fiabilidad de la información sobre sostenibilidad, alineándola con los objetivos del Pacto Verde Europeo y respondiendo a la creciente demanda de información ESG por parte de inversores y otros stakeholders. Con este objetivo elaboramos nuestra Guía sobre adaptación a la CSRD que puedes consultar.
Preparación para la Directiva sobre informes de sostenibilidad corporativa (CSRD)