Newsletter Derecho Laboral diciembre 2024
Según ha informado la página web del Poder Judicial, el Tribunal Supremo, en una decisión unánime ha establecido que la indemnización por despido improcedente contemplada en el artículo 56 del Estatuto de los Trabajadores (ET) no puede incrementarse judicialmente atendiendo a circunstancias específicas de cada caso. Esta interpretación no vulnera el artículo 10 del Convenio 158 de la OIT, que exige que la indemnización por despido injustificado sea adecuada, ni contradice las recomendaciones que lo complementan.