Ley de Startups. Novedades fiscales, mercantiles, laborales y administrativas
La Ley de Startups viene a complementar la Ley 18/2022, de 28 de septiembre de creación y crecimiento de empresas, así como complementar y modificar la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización.
Estas tres Leyes, con las modificaciones normativas aprobadas, serán los pilares normativos del ecosistema legal de la innovación digital y científica de las empresas emergentes, los promotores y los inversores cuya pretensión es dotar de un marco legal adaptado a este tipo de sociedades y sus actividades, y competitivo con el marco normativo de los países de nuestro entorno.
Las startups, al ser empresas basadas en la innovación y en la economía digital, poseen características que impiden su exacta regulación en el marco normativo previo. A fin de contrarrestar lo anterior, el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Español, establece medidas para apoyar el emprendimiento, creación y desarrollo de empresas emergentes con características innovadoras.
Como desarrollo de lo anterior La Ley de Startups pretende adaptar el marco normativo a las características específicas de las empresas emergentes, a saber:
- el alto riesgo e incertidumbre debido a su alto contenido innovador;
- potencial de crecimiento exponencial que exige grandes inversiones de capital; y
- dependencia en atracción y retención de trabajadores altamente cualificados.
Es en este contexto en el que nace la La Ley de Startups que introduce medidas de distinta naturaleza entre las que se encuentran; (i) fiscal, (ii) laboral, (iii) administrativa y (iv) mercantil, todas ellas encaminadas a favorecer el fomento, el impulso y crecimiento de este sector económico.
Si desea saber más puede leer el documento completo a continuación
- Ley Startups (.pdf - 482.32KB)