Prima por presentismo en trabajo doméstico

En el mes de Junio, conjuntamente con el aguinaldo por el periodo Dic/19-May/20, se abona en el Sector de Trabajo Doméstico, la Prima Por Presentismo de acuerdo al Convenio Colectivo del Sector.

Corresponde pagar dicha Prima, a aquellos trabajadores que hayan tenido una asistencia perfecta en el mismo periodo por el cual se calcula el medio aguinaldo.

El monto apercibir por parte del trabajador corresponde a un 25% de monto del aguinaldo.

Las siguientes son causales de faltas que no hacen perder el beneficio al trabajador:

  1. Enfermedad debidamente comprobada (certificación médica ingresada a BPS o BSE),
  2. Ejercicio del derecho de huelga, decretadas por el PIT-CNT y/o SUTD con carácter general, en cuyo caso se aplicará la Ley Nº 19.051.
  3. Licencia anual reglamentaria,
  4. Licencias especiales (por ejemplo por estudio, duelo, matrimonio, etc.)

El empleador sólo debe comunicar al BPS en caso de NO corresponder Prima Por Presentismo, teniendo como plazo del 1 al 30 de Junio para realizar dicha comunicación.

En caso de corresponder el pago de la Prima Por Presentismo, el BPS calculará automáticamente dicha Prima para incluir los aportes correspondientes en la factura del mes de Junio/2020.

 

Las formas de comunicación son las siguientes:

  1. Aplicación móvil - «BPS Trabajo doméstico», utilizando la funcionalidad «Declarar No presentismo». 
  2. Servicios en línea: o Trabajo Doméstico: inscribir trabajadores y modificar datos, para usuarios registrados. o Informar no pago de prima por presentismo de Trabajo Doméstico, para usuarios no registrados.

 

Fuente: BPS/MTSS