Comunicación de beneficiarios finales – Ley nº 19.484
Sin embargo, de acuerdo a lo informado por la Asociación de Escribanos del Uruguay, en una reunión mantenida con el Ministerio de Economía y finanzas, y debido a problemas de orden práctico, que impidieron que las citadas entidades cumplan en tiempo y forma con la obligación, se encuentra en proceso de redacción, por parte del MEF, una resolución que eximiría de sanciones a aquellas personas jurídicas que no pudieron enviar la información requerida y que cumplan con la obligación de informar en un plazo razonable que se determinará.
Fuente: Asociación de Escribanos del Uruguay