InfoMazars N° 01-2022 - Informe de Buen Gobierno Corporativo - Sunaval
Informe de Buen Gobierno Corporativo
En la Providencia Administrativa N⁰ 001 del 13/01/2021, la Superintendencia Nacional de Valores (Sunaval) dictó las “Normas Relativas al Buen Gobierno Corporativo del Mercado de Valores”, mediante la cual se establece, entre otros aspectos, que los sujetos deben presentar anualmente un Informe de Buen Gobierno Corporativo, el cual puede ser realizado por un profesional independiente o por la empresa.
En su Circular DSNV/GCI/00001 del 10/01/2022, la Sunaval informó sobre los plazos y correos electrónicos que deben utilizar los sujetos obligados para la presentación del referido Informe de Buen Gobierno Corporativo, lo cual resumimos así:
- Dentro de los 90 días continuos al cierre fiscal conforme a los estatutos sociales, para los sujetos obligados cuyo cierre fiscal es anual.
- Dentro de los 90 días continuos al cierre del 31 de diciembre, para los sujetos obligados cuyo cierre fiscal es semestral (intermediarios de valores).
Manual de Buen Gobierno Corporativo
El artículo 40 de la Providencia N° 209 del 10/12/2020 “Normas relativas a la administración y fiscalización de los riesgos relacionados con los delitos de legitimación de capitales, financiamiento al terrorismo, financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva y otros ilícitos, aplicables a los sujetos regulados por la Superintendencia Nacional de Valores” establece que la Junta Directiva de los sujetos obligados debe elaborar, aprobar y firmar de forma individual el manual de buen gobierno corporativo.
En la referida Circular DSNV/GCI/00001, se establece, además, que dicho Manual debe elaborarse conforme a lo establecido en las normas de buen gobierno corporativo antes referidas y presentarse a la Sunaval dentro de los 60 días continuos a partir de la publicación de dicha Circular en su página web.