InfoMazars N°03-2021 - Reajuste del valor de la Unidad Tributaria a Bs. 20.000,00
Providencia Administrativa SNAT/2021/000023. Los aspectos más importantes de esta norma se presentan a continuación:
- Se reajusta el valor de la Unidad Tributaria de Bs. 1.500,00 a Bs. 20.000,00.
- El valor de la Unidad Tributaria sólo podrá ser utilizado como unidad de medida para la determinación de tributos nacionales cuya recaudación y control sean competencia del SENIAT.
- Dicha Unidad Tributaria no podrá ser utilizada por otros órganos y entes del Poder Público para la determinación de beneficios laborales o de tasas y contribuciones especiales derivadas de los servicios que prestan.
- En los casos de tributos que se liquiden por períodos anuales, la Unidad Tributaria a utilizar será la que esté vigente al cierre del ejercicio fiscal respectivo y para los tributos que se liquiden por períodos distintos al anual, la Unidad Tributaria aplicable será la que esté vigente para el inicio del período.
- Queda derogada la Providencia Administrativa SNAT/2020/00006, del 21/01/2020, publicada en la Gaceta Oficial N° 41.839 de fecha 13/03/2020.
- La Providencia Administrativa SNAT/2021/000023 entró en vigencia en la fecha de su publicación en Gaceta Oficial (06/04/2021).
Fuente: Providencia SNAT/2021/000023, emanada del SENIAT el 06/04/2021 y publicada en la Gaceta Oficial N° 42.100 de la misma fecha. | Contacto: Comunicaciones Mazars en Venezuela |