InfoMazars N° 04 - Ajuste del valor de la Unidad Tributaria
Providencia Administrativa N° SNAT/2022/000023 del 07de abril de 2022, emanada del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), mediante la cual se reajusta el valor de la Unidad Tributaria.
Los aspectos más importantes de esta norma se presentan a continuación:
- Se reajusta el valor de la Unidad Tributaria de cero coma cero dos bolívares (Bs. 0,02) a cero coma cuarenta bolívares (Bs. 0,40), en otras palabras aumentó en 1.900%.
- El valor de la Unidad Tributaria establecido en la Providencia Administrativa sólo podrá ser utilizado como unidad de medida para la determinación de los tributos nacionales cuya recaudación y control sean de la competencia del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), no pudiendo ser utilizada por otros órganos y entes del poder público para la determinación de beneficios laborales o de tasas y contribuciones especiales derivados de los servicios que prestan.
- En los casos de tributos que se liquiden por períodos anuales, la unidad tributaria aplicable será la que esté vigente al cierre del ejercicio fiscal respectivo, y para los tributos que se liquiden por períodos distintos al anual, la unidad tributaria aplicable será la que esté vigente para el inicio del período.
- Se deroga la Providencia Administrativa N° SNAT/2021/000023 del 06 de abril de 2021, publicada en Gaceta Oficial N° 42.100, de la misma fecha.
- La Providencia Administrativa N° SNAT/2022/000023 entró en vigencia a partir de la fecha de su publicación Gaceta Oficial, en otras palabras, desde el 20/04/2022.
- Entre los aspectos más importantes en referencia al reajuste del valor de la Unidad Tributaria tenemos los siguientes
- La actualización de las sanciones cuando corresponda según el Código Orgánico Tributario del 2014.
- Los sustraendos de las tarifas 1 y 2 establecidas en la Ley de Impuesto sobre la Renta.
- Los sustraendos en las retenciones de ISLR para personas naturales, por lo que adjuntamos al presente una tabla práctica de retenciones actualizada para su información.
- Incremento del monto mínimo para la sujeción a presentar declaración de ISLR por parte de las personas naturales (quedando en Bs. 400,00 sobre enriquecimiento neto y Bs. 600,00 sobre ingresos brutos).