Entrada en vigor del nuevo esquema de cancelación de los CFDI / Subcontratación Laboral / Facilidades en emisión de CFDI
Nuevo esquema de cancelación de los CFDI
Se otorga facilidad para la no emisión del CFDI complemento de pago.
Entrada en vigor nuevo esquema de cancelación de los comprobantes fiscales digitales por Internet (CFDI)
Como se informó en nuestra última alerta fiscal el SAT publicó en el Diario Oficial de la Federación la fecha final para la entrada en vigor del nuevo procedimiento de cancelación de los CFDI.
El cual de acuerdo a la tercera resolución de modificaciones a la resolución miscelánea fiscal para 2018 será obligatorio a partir del 1° de noviembre de 2018.
Entrada en vigor consulta de información del aplicativo de Subcontratación Laboral
Los contribuyentes que se encuentren en el supuesto de subcontratación laboral para poder deducir los gastos por la contratación de este servicio y acreditar el IVA trasladado deberán cumplir con la utilización del aplicativo de subcontratación laboral.
Con esta tercera resolución de modificaciónes a la RMF publicada el día 19 de octubre se mantiene hasta el próximo 31 de octubre de 2018, la fecha para que el contratante consulte en el aplicativo de subcontratación la información del contratista de enero a septiembre de 2018 y sucesivos.
Considerando que fue hasta el 30 de septiembre la fecha para cumplir con el aviso de cumplimiento de obligación del ejercicio de 2017.
Facilidad administrativa para la no emisión del CFDI complemento de pago
Se da a los contribuyentes la facilidad de emitir los CFDI utilizando el método de pago PUE ¨Pago en Una Sola Exhibición¨ aún y cuando no se hubiere recibido el pago en el momento o con anterioridad sin tener la necesidad de emitir el CFDI complemento de pago, siempre y cuando se cumpla con los siguientes requisitos;
- El pago del CFDI se reciba antes del día 17 del mes inmediato siguiente.
- Se detalle en el CFDI tanto el método de pago “PUE”, como la forma en la que se recibirá el mismo.
Es importante mencionar que la aplicación de este beneficio conlleva la obligación de realizar el pago antes de la fecha establecida para el pago de impuestos y que en caso de no hacerlo en la misma, se tendría que cancelar y emitir de nuevo el CFDI con la forma y método de pago sin utilizar este beneficio.
Por lo que nos ponemos a sus órdenes para cualquier duda o comentario que llegasen a tener.