Acuerdo publicado sobre subcontratación laboral en México
Acuerdo publicado sobre subcontratación laboral
Tras la celebración de múltiples mesas de trabajo, llevadas a cabo entre representantes del sector empresarial, obrero y el Gobierno de México, el 5 de abril de 2021, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) emitió el Boletín 04/21, en el cual se llega a un acuerdo entre las partes. Destacan los siguientes puntos:
- Se prohíbe la subcontratación de personal, es decir, servicios en los que se ponga a disposición el personal en favor del contratante.
- Se establecen regulaciones para servicios especializados distintos al objeto social o a la actividad económica preponderante de la empresa contratante.
- Las empresas cuya actividad principal sea la prestación de servicios deberán inscribirse en el padrón que para tales efectos establezca la STPS.
- Se propone un nuevo modelo de reparto de utilidades, basado en dos modalidades:
- Limitado a un máximo de tres meses del salario del empleado.
- Considerando el promedio del reparto de utilidades recibido en los últimos tres años por el empleado.
El método aplicable será el que resulte en un mayor beneficio para la persona trabajadora.
- Se prevé un periodo de tres meses a partir de la entrada en vigor de las disposiciones para que los contratantes de servicios de subcontratación regularicen su situación.
Esto confirma la postura del Gobierno de México durante los últimos meses: se vuelve primordial, para las organizaciones nacionales e internacionales que desarrollan actividades en México, evaluar su modelo de negocio a la luz de las inminentes reformas en materia de subcontratación. Más aún, considerando que los plazos para llevar a cabo esta evaluación y las posibles reestructuras organizacionales que deban efectuarse, pueden ser extensos.
Como siempre, Mazars está listo para asistirle en este proceso y ayudarle en caso de dudas.