Oportunidad en la que se requiere contar con certificado de residencia a fin de aplicar los beneficios tributarios de un CDI
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Con fecha 20 de agosto de 2020, se publicó en el Diario Oficial El Peruano la Resolución del Tribunal Fiscal Nº 03701-9-2020 (“la RTF”), estableciéndose un precedente de observancia obligatoria respecto a la oportunidad en la que se debe exigir contar con certificado de residencia a efectos de poder aplicar los beneficios contemplados en un Convenio para evitar la Doble Imposición (“CDI”).