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Resolución De Superintendencia Sobre La Presentación De La Declaración Jurada Informativa País Por País
El Peruano, mediante Resolución De Superintendencia Nº 264-2018/Sunat, informa que se prorroga el plazo de la presentación de la declaración jurada informativa Reporte País por País correspondiente al ejercicio 2017.
Read moreRentas de Cuarta y Quinta Categoría
Debemos de considerar que para el ejercicio 2018 se tiene que tener presente las siguientes reglas:
Modificaciones en el Reglamento de la ley del Impuesto a la Renta
Con fecha 17 de noviembre del 2017, ha sido publicado en el diario El Peruano el Decreto Supremo N° 333-2017-EF, con el cual se modifican los artículos 116 y 117 del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta, quienes hacen referencia a las obligaciones y a la información a consignar en las Declaraciones Juradas Informativas Reporte Local, Reporte Maestro y Reporte País por País, respectivamente. Esta presentación justifica las modificaciones que fueron emitidas en el D.L. N° 1312 sobre el inciso g) del artículo 32°-A de la referida Ley.
Read moreDisposición indirecta de dicha renta no susceptible de posterior control tributario por parte de la sucursal
La SUNAT viene notificando a las sucursales, requiriendo el pago de toda suma o entrega en especie que resulte renta gravable de la tercera categoría, en tanto signifique una disposición indirecta de dicha renta no susceptible de posterior control tributario señalado en el artículo 55° de la Ley del Impuesto a la Renta.
Debemos de precisar, que cuando se publicó la Ley 27513 indicó que para efectos de la aplicación de la tasa adicional del 4.1% (tasa vigente en el ejercicio 2002) a que las se refiere el artículo 55° de la Ley, se incorpora el artículo 55-A, en el cual define los supuestos cuya verificación origina la obligación de pago de la tasa adicional, así, se define a la "distribución de utilidades" para estos fines, de la siguiente manera:
Beneficios Tributarios para el Sector Turismo
En el sector turismo, con el fin de aplicar el criterio técnico de no exportar tributos, se han creado diversos mecanismos tributarios que permiten desgravar con el IGV las transacciones que se realicen con los turistas que visiten nuestro país y/o que realicen compras de bienes que van a ser remitidos y utilizados fuera del país o reciban servicios vinculados al turismo.
Técnicamente la Ley del IGV tiene por finalidad utilizar dos tipos de mecanismos que regulen este tipo de beneficio tributario:
El secreto bancario y las facultades de la Sunat
Dentro de los objetivos para ingresar a la OCDE, tenemos el de luchar contra la elusión y evasión fiscal internacional. A fin de lograr este objetivo se considera necesario afianzar la cooperación con la OCDE en materia fiscal, lo que se logrará mediante la adhesión a la Convención sobre Asistencia Administrativa Mutua en Materia Fiscal (CAAMT).
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