ITAN y bienes recibidos bajo arrendamiento operativo
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ITAN bienes recibidos bajo arrendamiento operativo
Mediante Informe N° 000054-2021-SUNAT/7T0000, publicado en la web de la Administración el 16 de julio de 2021, se efectúan importantes precisiones respecto a la determinación de la base imponible del Impuesto Temporal a los Activos Netos (ITAN), tratándose de bienes recibidos bajo arrendamiento operativo que deben ser registrados como un activo por derecho de uso bajo normas contables.