Nuevo precedente vinculante destaca ausencia de controversia cuando se rectificaron las declaraciones en etapa de fiscalización.
La Casación 03158-2022-LIMA, emitida el 18 de agosto de 2023, ha señalado que no existe materia controvertida cuando el contribuyente presenta una declaración rectificatoria que recoge las observaciones formuladas por el inspector en el marco de un procedimiento de fiscalización, por lo que el primero no puede cuestionar posteriormente los valores emitidos por la administración tributaria al concluir dicho procedimiento (en los que no se consignan reparos) con miras a revertir los efectos de la liquidación de impuestos efectuada.