COMAP: Beneficios para Invertir en Uruguay

COMAP facilita el acceso a beneficios fiscales para empresas, promoviendo inversiones que impulsen el desarrollo económico y social en Uruguay. Conozca los sectores elegibles, requisitos y ventajas clave.

La Comisión de Aplicación de la Ley de Inversiones (COMAP) tiene como objetivo facilitar el proceso de inversión y asegurar que las iniciativas tengan un impacto positivo en el desarrollo económico y social de Uruguay.

Las empresas que pueden acceder a estos beneficios; son empresas de los sectores agrícolas, agroindustria, industria, comercio y servicios que sean contribuyentes de IRAE, cualquiera sea su naturaleza jurídica. Pueden ser empresas nacionales o extranjeras y la fuente de financiamiento para la inversión puede ser de diferentes formas.

Dentro de las opciones de presentación del proyecto, se puede acceder a través de:

  • la matriz de indicadores, cómo, por ejemplo: Producción más limpia, generación de empleo, descentralización, entre otros. Se puede presentar proyectos de inversión sin tener la obligación de generar el compromiso en la contratación de nuevo personal.
  • Otra opción es optar por un indicador único, por ejemplo, la generación de empleo.

Con la información disponible se evaluarán las diferentes alternativas, seleccionando la más adecuada para la empresa.

BENEFICIOS:

  • Impuestos al Patrimonio: Exoneración del Impuesto al Patrimonio sobre bienes muebles para activo fijo, que no pueden exonerarse al amparo de otros beneficios. Dicho plazo de la exoneración es por toda la vida útil de estos bienes.

Exoneración del Impuesto al Patrimonio sobre Obras Civiles hasta 8 años si el proyecto está ubicado en

Montevideo y 10 años si está radicado en el Interior del país.

  • Tasas o tributos a la importación: Exoneración de tasas o tributos a la importación de bienes muebles para activo fijo que no pueden exonerarse al amparo de los beneficios de los regímenes precedentes, declarados no competitivos de la industria nacional por la DNI del MIEM.
  • IVA: Devolución del IVA en régimen de exportadores para la adquisición en plaza (debidamente documentada) de materiales y servicios destinados a las Obras Civiles.
  • Honorarios y salarios en desarrollos tecnológicos de áreas prioritarias: Computar los montos correspondientes a honorarios y salarios en desarrollos científicos y tecnológicos del proyecto en áreas prioritarias que establecen las condiciones establecidas en los artículos 49, 52 y 55 del decreto 150/007 por una vez y media para la liquidación del IRAE, con un máximo igual al monto de este impuesto no beneficiado por la exoneración por inversiones prevista en este régimen.
  • IRAE: Exoneración de los Impuestos a las Rentas de la Industria y Comercio, y a las Rentas de las Actividades Económicas por un monto y plazo máximo que resultará de aplicar la matriz de objetivos e indicadores de acuerdo con el tipo y tramo en que se ubique el proyecto.

Es importante remarcar que el marco actual del decreto 268/020, permite exonerar hasta el 90% del IRAE en cada ejercicio.

PLAZOS:

El plazo se computará a partir del ejercicio en que se obtenga renta fiscal, incluyendo a este último en dicho cómputo, siempre que no hayan transcurrido cuatro ejercicios de la declaratoria promocional. En este caso, el referido plazo máximo se incrementará en cuatro años y se computará desde el ejercicio en que se haya dictado la citada declaratoria.

En el caso de inversiones realizadas por las empresas que revistan la calidad de usuarios de parques industriales, el plazo máximo a que refiere el inciso anterior podrá extenderse hasta cinco años. 

¿Cómo empezar?

  • Búsqueda de Beneficios Fiscales a través de la Ley 16.906 de Promoción y Protección de Inversiones, para la inversión en la expansión en infraestructura y equipamiento de la empresa.
  • Selección de la mejor alternativa para la empresa, a los efectos de presentar el proyecto ante la COMAP.
  • Armado y presentación del proyecto ante la COMAP y organismos competentes para la obtención de los beneficios fiscales propuestos.
  • Realización de los cinco seguimientos anuales obligatorios para el proyecto de inversión presentados a la Ley 16.906 de Promoción y Protección de Inversiones, y su decreto Nº 268/020, como forma de hacer efectivos los beneficios estimados en el escenario.

 Si está interesado/a en explorar las opciones de inversión que Uruguay tiene para ofrecer, o si desea saber más sobre cómo COMAP puede apoyar su proyecto, no dude en contactarnos.

Nuestro equipo de Forvis Mazars está disponible para brindarle asesoría personalizada y guiarle en cada paso del proceso de inversión.

 

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