
Algunos cambios introducidos por la reforma pensional
Dentro de los cambios introducidos por la reforma pensional (Ley 2381 de 2024), se establece la obligación de que, a partir del 1° de julio de 2025, las empresas contratantes deberán asumir la responsabilidad del pago directo de los aportes a la seguridad social en pensión, que corresponde al 16 % del ingreso base de cotización. Este pago podrá realizarse mediante un descuento de los honorarios del contratista o ser autorizado por este último en caso de ser aportante voluntario. Si el contratista tiene varios contratos, el pago será responsabilidad de cada contratante por el monto correspondiente, lo que exonera al contratista de este trámite y transfiere la carga a su contratante.
No obstante, una de las responsabilidades de los contratistas será reportar las novedades que impliquen una base distinta para el cálculo del ingreso base de cotización, como incapacidades, licencias, vacaciones o retiro. Además, la cotización realizada por los trabajadores independientes con contratos distintos a los de prestación de servicios personales, que tengan ingresos netos mensuales iguales o superiores a un salario mínimo legal mensual vigente (SMLMV), deberá efectuarse mes vencido, sobre una base mínima de cotización del 40 % del valor mensual de los ingresos causados o los efectivamente percibidos. Por otro lado, los trabajadores independientes con ingresos variables podrán ajustar sus aportes en función de las semanas trabajadas en el mes, eliminando la obligación de cotizar por un mínimo de 30 días.