Los contribuyentes que ofrezcan servicios de consultoría y científicos, con ingresos superiores a 12.000 UVT al RST

Con ocasión al comunicado número 51 de diciembre de 2023, la Corte Constitucional informa sobre la decisión adoptada mediante la Sentencia C - 540 de 2023 respecto a la declaración de inexequibilidad de algunos de los cambios introducidos por la Ley 2277 de 2022 a los artículos 905 y 908 del E.T. que regulan el Régimen Simple de Tributación (en adelante, RST).

En ese sentido, la disposición estipulada en el inciso 2º del numeral 2º del artículo 905 (adicionado por el artículo 42 de la Ley 2277 de 2022), en cuanto al tope máximo de 12.000 UVT ($ 564.780.000), que debían cumplir aquellas personas dedicadas a prestar servicios profesionales de consultoría y científicos para pertenecer al RST queda sin efectos, razón por la cual nuevamente el tope de 100.000 UVT ($ 4.706.500.000) se aplicará sin distinción a todos los contribuyentes que deseen optar a ser sujetos pasivos del RST.

Así mismo, las tarifas del impuesto unificado y los anticipos bimestrales aplicables a los ingresos y actividades desarrolladas por los grupos de educación, la atención en salud humana, los servicios de consultoría y las profesiones liberales, quedan sin aplicación y como consecuencia de ello, se reviven las tarifas establecidas en el numeral 3º del artículo 42 de la Ley 2155 de 2021.

Finalmente, las tarifas aplicables a los servicios profesionales de consultoría y científicos en los que predomine el factor intelectual sobre el material, incluidas las profesiones liberales, serán las siguientes: 

Ingresos brutos anuales

Tarifa SIMPLE consolidada

Igual o superior (UVT)

Inferior (UVT)

0

6.000

5,9%

6.000

15.000

7,3%

15.000

30.000

12%

30.000

100.000

14,5%

Documento

Boletín-RST_​Español.pdf

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