Corte Constitucional reduce las semanas de cotización para que las mujeres puedan acceder a la pensión de vejez

En sala plena el día 06 de junio la corte constitucional resolvió demanda contra el artículo 9° de la Ley 797 de 2003, el cual establece como requisito para las mujeres cotizar 1.300 semanas para acceder a su pensión de vejez.

La alta corte indico que, si bien se han tenido avances en cuanto a la reducción de las desigualdades entre hombre y mujeres, las mismas resultan insuficientes, en especial si se tienen en cuenta las grandes dificultades que enfrentan para acceder al mercado laboral y asumir las obligaciones del cuidado del hogar.

La corte agregó que el derecho a pensionarse debe ser aplicado en condiciones que aseguren que no exista una discriminación directa o indirecta entre hombres y mujeres, por lo que teniendo en cuenta los principios de igualdad y sostenibilidad financiera , estableció como plazo máximo hasta el 31 de diciembre de 2025 para que el Congreso de la República y el Gobierno Nacional regulen el requisito de las semanas para las mujeres, teniendo en cuenta un enfoque de género y, especialmente, la condición de las mujeres cabeza de familia.

No obstante, lo anterior la corte estableció que si a partir del primero (1) de enero de 2026, el legislativo no adopta un nuevo régimen, se deberán disminuir gradualmente las semanas de cotización, hasta llegar a las 1.000 semanas para las mujeres.

La disminución gradual ordenada por la corte, en caso de no existir reglamentación por parte del Congreso, será de 50 semanas en el año 2026 y a partir del primero (1) de enero del 2027 se disminuirá en 25 semanas cada año hasta llegar a 1.000 semanas, de la siguiente manera:

AÑO

SEMANAS DE COTIZACIÓN

2026

1250

2027

1225

2028

1200

2029

1175

2030

1150

2031

1125

2032

1100

2033

1075

2034

1050

2035

1025

2036

1000

 

Por lo anterior, se determina que a partir del año 2036 los requisitos para acceder a una pensión de vejez serán notablemente diferente para hombres y mujeres tanto en edad como en las semanas mínimas exigidas, teniendo como requisitos para los hombres una edad de 62 años más 1.300 semanas cotizadas y para las mujeres una edad de 57 años y 1.000 semanas cotizadas. Todo lo anterior, sin menoscabo de los cambios que puedan surgir en cuanto a la edad y semanas mínimas para acceder a la pensión de vejez que se llegue a aprobar en la nueva reforma pensional.

Con todo lo anterior se entiende que la corte constitucional lo que busca es que tanto el legislativo como ejecutivo adopten políticas públicas pensionales, que contribuyan a eliminar la desigualdad de género sin dejar de un lado el principio de sostenibilidad financiera del sistema.

Documento

Boletín-exigencia-de-1300-semanas-de-cotización-ESP.pdf

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