Cumplimiento Corporativo 2023
Secretaría Corporativa – 31 de marzo de 2023
Cumplimiento anual de las obligaciones corporativas con vencimiento para el primer trimestre del año 2023, de acuerdo la normatividad colombiana. Para el efecto, la obligación incluye lo siguiente:
- Asamblea ordinaria de accionistas para el año 2023, mediante la cual se aprueban los estados financieros del año anterior y el informe de gestión del representante legal.
- Depósito de Estados Financieros y Renovación de Matrícula Mercantil.
- Elaboración de los poderes para constituirse en asamblea ordinaria de accionistas y representar a los accionistas dentro de la misma (si aplica).
Registro Único de Proponentes – 11 de abril de 2023
Las compañías que cuentan con Registro Único de Proponentes – RUP, deben cumplir anualmente con la obligación de renovarlo, dentro de los primeros 5 días hábiles del mes de abril. Para este año, su vencimiento es el próximo once (11) de abril.
Registro Nacional de Bases de Datos – RNBD – 31 de marzo de 2023
Las personas jurídicas de naturaleza pública y las sociedades y entidades sin ánimo de lucro con activos totales superiores a 100.000 UVT ($38.004 para 2022) deben inscribir en el RNBD información sobre sus bases de datos físicas o digitales que contengan datos personales, antes del 31 de marzo de 2023, junto con su política de protección de datos.
Registro Nacional Bases de Datos | ||
Requisito | Valor | Valor UVT 2022 |
Activos | 100.000 | $ 38.004 |
Total | $ 3.800.400.000 |
En esta ocasión, las políticas de protección de datos deberán estar alineadas al nuevo decreto 255 de 2022 expedido por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo que habla sobre normas corporativas vinculantes para la certificación de buenas prácticas en protección de datos, personales y su transferencia a terceros países.
Revisor Fiscal – A partir de celebración de la Asamblea Ordinaria con la aprobación de los EEFF, si se cumple con los montos mínimos
Están obligadas a tener revisor fiscal todas las empresas cuyos activos a 31 de diciembre de 2022 hayan sido iguales o superiores a 5.000 Salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV) y/o sus ingresos a la misma fecha hayan sido iguales o superiores a $3.000 Salarios mínimos legales mensuales vigentes ($1.000.000 para 2022).
Revisor Fiscal | ||
Requisitos | Valor | SMLMV 2022 |
$ 1.000.000 | ||
Activos | 5.000 | $5.000.000.000 |
Ingresos | 3.000 | $3.000.000.000 |
De otro lado, el Código de Comercio ha establecido como obligadas, las siguientes, independientemente de que cumplan con los topes mencionados anteriormente:
- Las sociedades por acciones (S.A.);
- Las sucursales de compañías extranjeras, y
- Las sociedades en las que, por ley o por los estatutos, la administración no corresponda a todos los socios, cuando así lo disponga cualquier número de socios excluidos de la administración que representen no menos del veinte por ciento del capital.
SAGRILAFT – 31 de mayo de 2023
Todas las empresas que se encuentren bajo vigilancia y control a cargo de la Superintendencia de Sociedades de Colombia, que en el año inmediatamente anterior obtengan ingresos o activos equivalentes a la suma de 40.000 salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMLMV), y algunos sectores específicos con montos diferentes, tienen la obligación de implementar el Sistema de Autocontrol y Gestión del Riesgo Integral de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo - Sagrilaft. A continuación, se presentan los montos para este año.
Sector | Ingresos Totales iguales o superiores (SMLMV 2022 $1.000.000) | Valor |
Todos los sectores | 40.000 | $40.000.000.000 |
Agentes Inmobiliarios | 30.000 | $30.000.000.000 |
Comercialización de metales y piedras preciosas | 30.000 | $30.000.000.000 |
Servicios jurídicos | 30.000 | $30.000.000.000 |
Servicios contables | 30.000 | $30.000.000.000 |
Construcción de edificios | 30.000 | $30.000.000.000 |
Proveedores de servicios de activos virtuales | 3.000 | $3.000.000.000 |
O activos iguales o superiores a 5.000 | $5.000.000.000 | |
Estaciones de servicio | 3.000 | $3.000.000.000 |
Sectores de Supervisión especial | Aplica a todas las empresas del sector | |
Régimen aplicable a clubes con deportistas profesionales | Sujetos a la vigilancia y control de la Superintendencia de Sociedades |
Régimen de Medidas Mínimas - 31 de mayo de 2023
El Régimen de Medidas Mínimas asociadas con Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo (LA/FT), deberá ser implementado por los APNFD (agentes inmobiliarios, comercializadores de piedras y metales preciosos, servicios jurídicos o servicios contables) con ingresos iguales o superiores a 3.000 Salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV) o activos iguales o superiores a 5.000 SMLMV.
Régimen Medidas Mínimas | ||||
Requisitos | VALOR | SMLMV 2022 | Actividad | Sector |
$1.000.000 | Se debe cumplir con la actividad y nivel de ingresos o Activos | |||
Ingresos | 3.000 | $3.000.000.000 | CIIU 6910 - M69 | Agentes inmobiliarios; comercialización de metales y piedras preciosas, servicios jurídicos, contables. |
Activos | 5.000 | $5.000.000.000 | CIIU 6910 - M69 |
Programa de Transparencia y Ética Empresarial (PTEE) - 31 de mayo de 2023
La Superintendencia de Sociedades modificó la regulación sobre Programas de Transparencia y Ética Empresarial (PTEE) mediante la Circular Externa 100-000011 de 2021. Esto se ejecutó con el objetivo de ampliar el ámbito de aplicación y profundizar en los requisitos mínimos para garantizar su efectividad.
Entre la información brindada se establece que, aquellos que deben implementar los PTEE son las sociedades vigiladas que al 31 de diciembre del año anterior (2022) hayan llevado a cabo transacciones con personas naturales o jurídicas extranjeras por valores desde los 100 SMLMV y, además, hayan adquirido ingresos o activos totales desde 30.000 SMLMV.
Criterios de validación para la implementación del Programa de Transparencia y Ética Empresarial - PTEE | ||||
Obligados | Concepto | Tope en SMLMV | Total 2022 | |
$1.000.000 | ||||
Las Sociedades Vigiladas | (i) a 31 de diciembre del año inmediatamente anterior hayan realizado Negocios o Transacciones Internacionales de cualquier naturaleza, directamente o a través de un intermediario, contratista o por medio de una Sociedad Subordinada o de una sucursal, con personas naturales o jurídicas extranjeras de derecho público o privado, iguales o superiores (individualmente o en conjunto) a cien (100) SMLMV | 100 | $100.000.000 | |
(ii) a 31 de diciembre del año inmediatamente | 30.000 | $30.000.000.000 | ||
Las Empresas Supervisadas | (i) a 31 de diciembre del año inmediatamente anterior, directa o indirectamente (a través de consorcios, uniones temporales o cualquier otra figura permitida por la ley), hayan celebrado contratos con Entidades Estatales con una cuantía igual o superior (individual o en conjunto) a quinientos (500) SMLMV | 500 | $500.000.000 | |
(ii) a 31 de diciembre del año inmediatamente anterior hubieren obtenido Ingresos Totales o tengan Activos Totales iguales o superiores a treinta mil (30.000) SMLMV, deberán dar cumplimiento a lo dispuesto la Circular Única de la SuperSociedades. Las Entidades Supervisadas que se encuentren obligadas a cumplir con los requisitos del presente numeral, estarán obligadas a identificar y evaluar los Riesgos de Corrupción | 30.000 | $30.000.000.000 | ||
Las Empresas | (i) a 31 de diciembre del año inmediatamente anterior, directa o indirectamente (a través de consorcios, uniones temporales o cualquier otra figura | 500 | $500.000.000 | |
(ii) que pertenezcan a cualquiera de los sectores que se señalan a continuación, siempre y cuando cumplan con todos los requisitos que se indican para el respectivo sector. Las Entidades Supervisadas que se encuentren obligadas por cumplir con estos requisitos, solamente estarán obligadas a identificar y evaluar los Riesgos de Corrupción. | ||||
Sector | Requisito |
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Sector Farmacéutico | a. Que su actividad económica inscrita en el registro mercantil sea la identificada con alguno de los siguientes códigos, 2011, 2100, 3250 y 4645 CIIU Rev. 4 |
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b. Que, a 31 de diciembre del año inmediatamente anterior, hubieren obtenido Ingresos Totales iguales o superiores a tres mil (3.000) SMLMV o tenido Activos Totales iguales o superiores a cinco mil (5.000) SMLMV. | 3.000 | $3.000.000.000 | ||
5.000 | $ 5.000.000.000 | |||
Sector de Infraestructura y Construcción | a. Que su actividad económica inscrita en el registro mercantil sea la identificada con alguno de los siguientes códigos 4111,4112,4210,4220 o 4290CIIU Rev. 4 |
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b. Que, a 31 de diciembre del año inmediatamente anterior, hubieren obtenido Ingresos Totales iguales o superiores a tres mil (3.000) SMLMV o tenido Activos Totales iguales o superiores a cinco mil (5.000) SMLMV. | 3.000 | $3.000.000.000 | ||
5.000 | $5.000.000.000 | |||
Sector Manufacturero | a. Que su actividad económica inscrita en el registro mercantil sea la identificada |
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b. Que, a 31 de diciembre del año inmediatamente anterior, hubieren obtenido Ingresos Totales iguales o superiores a tres mil (3.000) SMLMV o tenido Activos Totales iguales o superiores a cinco mil (5.000) SMLMV. | 3.000 | $3.000.000.000 | ||
Sector Minero- Energético | a. Que su actividad económica inscrita en el registro mercantil sea la identificada con alguno de los siguientes códigos B05, B07, 4662 CIIU Rev. 4 A.C; y |
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b. Que, a 31 de diciembre del año inmediatamente anterior, hubieren obtenido Ingresos Totales iguales o superiores a tres mil (3.000) SMLMV o tenido Activos Totales iguales o superiores a cinco mil (5.000) SMLMV. | 3.000 | $3.000.000.000 | ||
Sector de Tecnologías de Información y Comunicaciones | a. Que su actividad económica inscrita en el registro mercantil sea la identificada con alguno de los siguientes códigos 6120, 6130, 6190, 6209, CIIU Rev. 4 |
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b. Que, a 31 de diciembre del año inmediatamente anterior, hubieren obtenido Ingresos Totales iguales o superiores a tres mil (3.000) SMLMV o tenido Activos Totales iguales o superiores a cinco mil (5.000) SMLMV. | 3.000 | $3.000.000.000 | ||
Sector de Comercio de Vehículos, sus partes, piezas y accesorios | a. Que su actividad económica inscrita en el registro mercantil sea la identificada con alguno de los siguientes códigos 4511, 4512, 4530 y G4541 CIIU Rev.4 A.C; |
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b. Que, a 31 de diciembre del año inmediatamente anterior, hubieren obtenido Ingresos Totales iguales o superiores a tres mil (3.000) SMLMV o tenido Activos Totales iguales o superiores a cinco mil (5.000) SMLMV. | 3.000 | $3.000.000.000 | ||
Sector actividades auxiliares de servicios financieros | a. Que su actividad económica inscrita en el registro mercantil sea la identificada con alguno de los siguientes códigos 6619 CIIU Rev. 4 A.C; |
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Que, a 31 de diciembre del año inmediatamente anterior, hubieren obtenido Ingresos Totales iguales o superiores a tres mil (3.000) SMLMV o tenido Activos Totales iguales o superiores a cinco mil (5.000) SMLMV. | 3.000 | $3.000.000.000 |
Inscripción de las Páginas Web Colombianas en el Registro Mercantil – Inmediato cumplimiento
Toda persona, natural o jurídica, que realice actividades comerciales, financieras o de prestación de servicio, debe inscribir en el Registro Mercantil las páginas web de origen colombiano.
Registro de Situación de Control o Grupo Empresarial – Inmediato cumplimiento
Sociedades comerciales, empresas unipersonales, personas naturales u otras entidades de naturaleza no societaria, que sean controlantes de Sociedades colombianas deberán llevar a cabo el registro de la situación de control o grupo empresarial ante la Cámara de Comercio en la que se incorporó la sociedad.
Renovación del Registro Nacional de Turismo – 31 de marzo de 2023
Los prestadores de servicios turísticos inscritos en el Registro Nacional de Turismo deberán realizar la renovación de su registro anualmente. La solicitud de renovación debe realizarse por cada inmueble, agencia, establecimiento de comercio, entre otros que se encuentren inscritos.
Informe 42 - Prácticas Empresariales – Dependerá de los últimos dígitos del Nit
Las Entidades Empresariales que se encuentren bajo vigilancia o control por parte de la Superintendencia de Sociedades deberán diligenciar y remitir el Informe 42 - Prácticas Empresariales respecto a lo ocurrido durante el año 2022, a excepción de las siguientes:
- Entidades Empresariales en estado de inspección
- Sucursales de sociedades extranjeras
- Entidades Empresariales en liquidación judicial simplificada
- Entidades Empresariales en liquidación obligatoria
- Entidades Empresariales en liquidación judicial
- Entidades Empresariales en liquidación voluntaria
- Entidades Empresariales en reorganización
- Entidades Empresariales en reorganización abreviada
- Entidades Empresariales en reestructuración.
- Entidades Empresariales en concordato
- Entidades Empresariales que no cumplen con la hipótesis de negocio en
- marcha a 31 de diciembre de 2022
- Entidades Empresariales Grupo 3 - MF para sociedades que aplican
- contabilidad simplificada.
Plazos | |
Últimos dos dígitos del Nit | Plazo máximo para el envío de información en 2023 |
01-10 | 16 de mayo |
11-20 | 17 de mayo |
21-30 | 18 de mayo |
31-40 | 19 de mayo |
41-50 | 23 de mayo |
51-60 | 24 de mayo |
61-70 | 25 de mayo |
71-80 | 26 de mayo |
81-90 | 29 de mayo |
91-00 | 30 de mayo |
¿Cómo podemos ayudarlo?
En Mazars contamos con profesionales expertos en el cumplimiento de cada una de estas obligaciones y los ponemos a su disposición. En caso de que requiera apoyo en la implementación o cumplimiento de las obligaciones contenidas en este boletín, póngase en contacto con nosotros a los correos de contacto y con gusto analizaremos la mejor manera de apoyarle en su cumplimiento.