Novedades en la Declaración de Renta por cambio de la titularidad de la Inversión Extranjera

Mediante la expedición de la Resolución No. 000082 del 30 de diciembre de 2016, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN- dispuso algunas modificaciones en el proceso de Declaración de Renta por cambio de la titularidad de la Inversión Extranjera y prescribió el Formulario 150 para el efecto.

Según lo dispone el artículo 2 del Decreto 1242 de 2003 y en concordancia con los artículos 326 y 327 del Estatuto Tributario,

 “(…) el cambio de titular de la inversión extranjera comprende todos los actos que implican la transferencia de la titularidad de los activos fijos en que está representada, ya sean acciones o aportes en sociedades nacionales, u otros activos poseídos en el país por extranjeros sin residencia o domicilio en el mismo, incluyendo las transferencias que se realicen a los nacionales”.

La declaración del impuesto de renta y complementarios correspondiente a las cancelaciones o sustituciones de inversión extranjera que se lleven a cabo a partir del primero (1°) de enero de 2017, deberán presentarse exclusivamente en el Formulario 150 y de manera virtual. La declaración deberá presentarse aun cuando no haya impuesto a cargo.

Las operaciones de sustitución o cancelación realizadas durante el año 2016 que a la fecha no se hayan declarado, podrán hacerlo por medio del Formulario 150 o en los prescritos para dicha obligación en el año 2015 (110 -declaración para obligados a llevar contabilidad- o 210 -personas naturales no obligadas a llevar contabilidad-).

Las correcciones sobre cancelaciones o sustituciones de inversión extranjera ya declaradas deberán realizarse a través de los formularios inicialmente utilizados.

El apoderado, agente o representante en Colombia del inversionista deberá estar inscrito en la hoja 3 del Registro Único Tributario (RUT) y contar con el mecanismo de firma electrónica para presentar la declaración.

Por último, se advierte que la Declaración de Renta por cambio de la titularidad de la Inversión Extranjera se debe realizar por cada operación o transacción dentro del mes siguiente de la fecha de transacción o venta.

Con estos cambios, se pretende que el proceso de declaración sea efectuado de manera ágil, confiable y desde cualquier parte del país o en el exterior.

Documento

NOVEDA~1.PDF

¿Quiere saber más?