Dirección Provincial de Rentas de la Provincia de Jujuy: nuevo régimen de pago a cuenta del Impuesto sobre los Ingresos Brutos
Los rubros de productos y/o mercaderías sujetos al pago a cuenta alcanzados por el presente régimen son los siguientes:
- Ganado en Pie.
- Carne vacuna faenada y sus subproductos.
- Carne porcina faenada y sus subproductos.
- Pollo faenado y sus subproductos.
- Pescados.
- Verduras.
- Frutas.
- Otros productos e insumos alimenticios: harinas, huevos, arroz, aceite, cerveza y fideos
- Todo tipo de mercadería que ingrese a zonas fronterizas (localidades de La Quiaca y Susques).
- Todo tipo de mercadería que provenga de ferias mayoristas o predios de similares características.
Asimismo, se establece que la liquidación deberá efectuarse ingresando a la página de la DPR (www.rentasjujuy.gob.ar), mediante la utilización de clave fiscal, seleccionar el módulo “Generación de Pago a Cuenta por Traslado de Mercaderías”, confeccionar el Formulario F-207 Declaración Jurada de Pago a Cuenta por Traslado de Mercaderías, y generar el volante para efectuar el pago o seleccionar algún medio de pago digital habilitado.
En todos los casos el pago a cuenta deberá estar efectuado al momento de ingresar la mercadería a la provincia.
En tanto, las alícuotas a aplicar quedarán unificadas en:
- Contribuyentes locales: 1,5%
- Contribuyentes de Convenio Multilateral: 1%
- Sujetos no inscriptos: 3,5%
La presente resolución es de aplicación desde el 16 de febrero de 2024.