Resolución General (AFIP) Nº 5390/2023 • Certificado de Exclusión de Retención y/o Percepción del IVA
A través de la Resolución 5390 se autoriza a las personas jurídicas que revistan el carácter de microempresa en los términos del artículo 2) de la Ley 24.467, a tramitar la solicitud del "Certificado de Exclusión de Retención y/o Percepción del IVA", con carácter de excepción. A tal fin deben figurar en el Sistema Registral con el código 272, no deben poseer deudas impositivas y/ó de seguridad social líquidas y exigibles por por los períodos no prescriptos, y se encuentren encuadradas en la categoría "A" -Muy Bajo Riesgo- del SIPER. Los mencionados sujetos quedan excluidos del requisito de poseer un saldo de libre disponibilidad en la última declaración jurada del IVA vencida a la fecha de solicitud. Esta resolución entró en vigencia el 20/07/2023, fecha de publicación en el BO. Es decir, que las microempresas que cumplan con los requisitos indicados precedentemente podrán desde esta fecha solicitar el certificado de exclusión. Resolución General (AFIP) Nº 5390/2023 (BO 20/07/2023)