"Dólar turista" - AFIP incrementó al 45% el pago a cuenta para los gastos en moneda extranjera.

El 14/7 AFIP publicó la RG 5232 mediante la cual modificó el régimen de percepción del impuesto a las ganancias o del impuesto sobre los bienes personales, que se aplica sobre las operaciones alcanzadas por el “Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS)”

A partir de la publicación, las siguientes operaciones estarán alcanzadas con la tasa del 45% (anteriormente era del 35%);

  • La adquisición de bienes o prestaciones y locaciones de servicios efectuadas en el exterior, que se cancelen mediante la utilización de tarjetas de crédito.
  • Adquisición de servicios en el exterior contratados a través de agencias de viajes del país.
  • Adquisición de servicios de transporte terrestre, aéreo y por vía acuática, de pasajeros con destino fuera del país,

 se mantiene la tasa del 35% para

  • Compra de billetes y divisas en moneda extranjera para atesoramiento.

Las disposiciones de la presente resolución general entrarán en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.

Documento

Resolución-General-5232-2022.pdf